info
Retención acumulada. Varios pagos efectuados en el mismo mes: Para
determinar el importe de la retención a efectuar a partir del segundo pago de
cada mes, al resultado arrojado por la calculadora se le deberán detraer las
retenciones efectuadas en los pagos anteriores del mismo mes.
Honorarios de directores: En estos casos ingresar en el casillero
correspondiente al importe sujeto a
retención, el monto total que resulte gravado en cabeza del beneficiario, por
período fiscal.
Locación de inmuebles rurales: La presente versión no contempla los
casos de pagos de sumas que comprendan más de un
período mensual [art. 16, RG (AFIP) 830]
Nota: La presente versión contempla los casos más generales y los
conceptos sujetos a retención más usuales